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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3590
EXCUSAS DE LOS JUECES DE DISTRITO, POR ENEMISTAD.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3590
El artículo 66 de la Ley de Amparo establece que los Jueces de Distrito deberán manifestar que están impedidos para conocer de los juicios en que intervengan: si tuviesen enemistad manifiesta con alguna de las partes o sus abogados o representantes. Ahora bien, no es de aceptarse la excusa de un Juez de Distrito, si en su auto respectivo no dice que el mismo sea enemigo personal del quejoso, y es éste quien dice ser enemigo personal de aquél, porque este motivo no lo obliga a excusarse; máxime, que en el caso, es lógico suponer que si dicho quejoso hubiese considerado enemigo a dicho Juez, podría haber ocurrido al otro Juez del mismo ramo, puesto que en el Distrito Federal, existen dos Jueces de Distrito para conocer de los asuntos administrativos.
Precedentes
Excusa propuesta por el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal 24/42. 9 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.