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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325810
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3826
AMPARO MATERIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3826
En el juicio de garantías solamente se pueden analizar los fundamentos en que descansan los actos reclamados a través de los conceptos de violación que se formulan contra ellos, de tal manera que el Juez Federal no goza de jurisdicción plena, y por lo mismo, está impedido para plantear y resolver de oficio, cuestiones que no le hayan sido propuestas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6939/42. Gil Vicente Jr. 11 de noviembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.