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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325872
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4882
CARNICERIAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4882
No procede la suspensión tratándose de la negativa de la licencia para funcionamiento de una carnicería, por tratarse de un acto negativo, aun cuando sus efectos sean positivos, como lo es su clausura, por ser de interés público el que los establecimientos como el de que se trata, funcione con el visto bueno de las autoridades respectivas, mediante la licencia correspondiente.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7211/42. Ramírez Vizcaíno Angel. 23 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.