Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/325892
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
325892
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5278

PRUEBAS PARA EL AMPARO, NO PUEDEN TOMARSE EN CUENTA LAS QUE OBRAN EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5278

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6992/42. Gómez Olvera Carlos. 26 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 325892