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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5509
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5509
Es fundada la queja que se endereza contra el Juez de Distrito, porque se niega a tramitar el incidente de suspensión respecto del nuevo acto reclamado, que constituye la ampliación de la demanda, alegando, para ello, que ya se había celebrado la audiencia incidental respecto de los actos reclamados originariamente; pues si la autoridad responsable no ha rendido su informe y la ampliación de la demanda fue hecha en tiempo, debe proveer de conformidad a la solicitud del promovente, ordenando la formación del incidente y conceder o negar la suspensión según proceda.
Precedentes
Queja en amparo civil 597/42. Vázquez Guillermo. 28 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.