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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325914
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5813
CUENTA EL PEDIMENTO DEL MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5813
No puede considerarse ilegal la sentencia de un Juez de Distrito por el hecho de que no conste en autos el pedimento del Ministerio Público, ya que ninguna obligación legal existe para dicho funcionario, de tomar en cuenta en su sentencia, dicho pedimento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5254/37. Pérez Pulido José María, sucesión de. 2 de diciembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.