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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325947
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6089
EXPROPIACION CON FINES AGRARIOS, CUANDO NO EXISTE UTILIDAD PUBLICA EN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6089
Si en un decreto se ordena tomar una hectárea de una pequeña propiedad, para compensar con ellas unos ejidatarios, de un terreno que les fue expropiado por causas de utilidad pública, y la parte interesada recurre en amparo contra ese acto, debe concederse la protección constitucional, porque no existe ley alguna que consigne como causa de utilidad pública, la expropiación de terrenos particulares para entregarlos en compensación de otros, que el gobierno haya tomado para satisfacción de sus necesidades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5354/41. Granados Mateos Juan y coagraviados. 10 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.