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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325969
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 241
EXPROPIACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 241
Si contra la expropiación existe un recurso establecido por el decreto relativo, debe ser agotado previamente a la interposición del amparo, so pena de incurrir en la sanción de la fracción IV del artículo 73 de la ley de la materia; y el sobreseimiento es tanto más pertinente, si el quejoso solamente reclama la ejecución de la expropiación, y no la expropiación misma, debiendo sobreseerse entonces de acuerdo con la fracción III del artículo 74 de la citada ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6813/41. Tapia Caballero Delfina. 3 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.