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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 325973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 334
FABRICAS, FUNCIONAMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 334
Como la Ley de Planificación y Zonificación del Distrito Federal, y su reglamento, son de orden público, es improcedente conceder la suspensión contra el acto que pueda tener por efecto autorizar el funcionamiento de una fábrica, sin el permiso correspondiente; el cual debe dar la autoridad administrativa, y en cuanto a la clausura de la fábrica y la obligación de trasladarla a otro lugar, son consecuencias necesarias de la falta de permiso. Por otra parte, las disposiciones de la citada ley de zonificación, tienden a limitar las zonas en que pueden establecerse fábricas, talleres o cualquiera otra industria, sin que se afecte a los habitantes de la población.
Precedentes
Amparo administrativo revisión del incidente de suspensión 2983/42. García Torres Arturo. 4 de julio de 1942. Unanimidad de cinco Votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.