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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 651
LIBROS DE CONTABILIDAD, MULTA POR FALTA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 651
No ha lugar a imponer multas a una negociación, fundándose en que ésta no llevó los libros de contabilidad exigidos por la Ley del Timbre, cuando se compruebe que dicha negociación sí los llevó, sin que sea óbice a lo anterior, el hecho de que tales libros hubieran sido autorizados con posterioridad a la fecha de la constitución de la empresa, cuando no exista prueba en contrario a la afirmación de ésta, en el sentido de que no operó durante el período comprendido entre la fecha de constitución y la fecha en que los libros fueron autorizados, y que por lo mismo, no estuvo en la necesidad de abrir su contabilidad, con anterioridad a esta última fecha.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1239/40. Tampico Texas Oil Compañía., S. A. 9 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista presentó su excusa por haber dictado la sentencia que se revisa cuando era Juez de Distrito. Relator: Ministro Franco Carreño.