Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/326015
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 937
ACUERDOS, AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 937
Cuando se reclama un acuerdo, no puede estimarse el acto como consumado, sólo porque el acuerdo se dictó; puesto que se dictó para que se ejecute, aun cuando intervenga en ello distinta autoridad, de manera que si el acuerdo no ha sido cumplido, el acto no puede considerarse como consumado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2883/42. Cooperativa de Transportes Marítimos y Fluviales, S. C. L. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.