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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1067
SUPERPROVECHO, CUANDO ENTRA EN VIGOR LA LEY DEL IMPUESTO DE LA RENTA SOBRE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1067
El artículo 7o. del Código Fiscal de la Federación prevé una doble hipótesis: a), cuando las leyes establecen una disposición expresa respecto del día de su entrada en vigor, y b), cuando las propias leyes no establecen nada al respecto, caso en el cual se les considera vigentes hasta el decimoquinto día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Ahora bien, como la Ley del Impuesto de la Renta sobre el Superprovecho, en el artículo 1o., establece su vigencia desde el día de su publicación, es claro que entró dentro de la primera de dichas hipótesis, y no puede considerarse que haya violado el mencionado artículo 7º. Por tanto, no había por qué contar los quince días a que se refiere el repetido artículo 7o., para que dicha ley del superprovecho pudiera entrar en vigor.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5720/41. "López y Vega", S. de R. L. 14 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.