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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1085
INFORME JUSTIFICADO RENDIDO POR EL DEPARTAMENTO JURIDICO CONSULTIVO, A NOMBRE DEL DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1085
El jefe de la oficina jurídico consultiva del departamento de salubridad pública, no tiene alguna facultad legal para rendir informes a nombre de otras autoridades de esa dependencia, pues esta Suprema Corte ha sustentado el criterio de que los departamentos jurídicos consultivos carecen de facultades para resolver o decidir los asuntos de la incumbencia de las secretarías de estado a que pertenecen, y son órganos de consulta que opinan acerca de los asuntos que se someten a su consideración, sin tener capacidad para decidir o resolver sobre ellos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2543/42. Rodríguez y F. A. 14 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.