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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326035
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1229
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1229
No debe alegarse que la posesión no ha quedado probada con el acta que presenta la parte interesada, en virtud de no tener anotada la persona o personas con quien se haya entendido la diligencia, ni especificarse los linderos del inmueble objeto de la misma, porque aunque efectivamente el acta de posesión referida, adolezca de esos defectos, ello no quiere decir que la posesión no haya quedado probada, cuando aparte de esta acta, se ha presentado la escritura de compraventa y se ha rendido información testimonial, esto es, la unión de todas las pruebas, completándose unas con otras, dan el resultado de que queda demostrada dicha posesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6891/40. Padilla Vallejo Ernestina. 15 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.