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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1417
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, NEGATIVA A DEVOLVER CANTIDADES ANTICIPADAS CON MOTIVO DE REMISION DE MERCANCIAS DEL EXTRANJERO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1417
Si bien es cierto que el artículo 51 de la Ley Fiscal faculta para reclamar las cantidades pagadas de más o indebidamente, es claro que no tienen aplicación cuando se trata de cobros que están fundados en ley, como en el caso en que una negociación del extranjero, vende una mercancía a persona domiciliada en el país, pues en tales circunstancias, es un auténtico sujeto fiscal, causante del impuesto sobre la renta; tanto más, si ha hecho el anticipo tratarse de esas operaciones, en forma lisa y llana, sin haber manifestado hacer reserva alguna de derecho de inconformidad.
Precedentes
Tomo LXXIII, página 8588. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9826/41. Artigas J. A. 3 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIII, página 1417. Amparo administrativo en revisión 1183/42. Wangner Hermann. 16 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.