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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1666
ZONA MARITIMA TERRESTRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1666
Tienen derecho de preferencia para obtener concesiones y realizar obras en las zonas federales, los propietarios de los terrenos colindantes de las zonas solicitadas, lo que quiere decir que cuando se solicite de las autoridades correspondientes, una concesión de esa índole, por personas que no son dueñas de terrenos colindantes, debe hacerse del conocimiento de dichos colindantes para el efecto de que hagan uso de ese derecho que les confiere la ley, sin que valga la afirmación hecha por el subsecretario de la Marina Nacional, al rendir el informe justificado, en el sentido de que esa secretaría no había tenido conocimiento de que hasta la fecha en que se rendía el informe, el quejoso hubiera solicitado la concesión, ya que precisamente la circunstancia de ignorar dicho quejoso que se estaba tramitando la solicitud respectiva, no lo capacitaba para ejercitar el derecho de preferencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 158/42. Clamón Acosta Manuel. 20 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.