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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2488
TERMINOS ADMINISTRATIVOS, EL PERIODO DE VACACIONES NO QUEDA EXCLUIDO EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2488
Es correcta la no aplicación del artículo 147 del Código Federal de Procedimientos Civiles, tratándose de términos administrativos, y en el caso, aun en el supuesto de que el término fuera judicial, tampoco tendría aplicación dicho precepto, por referirse al caso en que haya varias "partes", ya que es indudable que la persona que tiene derecho u obligación de comparecer a un juicio, no es parte en el mismo, antes de que éste se haya iniciado.
Precedentes
Amparo administrativo directo 5545/39. "Compañía Ferretera Mexicana", S. A. 29 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.