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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2507
POSESION MEDIO DE PROBAR LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2507
La posesión no es un hecho que pueda comprobarse por medio de una inspección ocular, porque no se trata de un hecho que se realiza en un momento dado, de cuya existencia se pueda dar fe, también en un momento determinado, sino de un hecho continuo que se realiza a través del tiempo, por medio de una serie de actos que externan la tenencia de una cosa o el goce de un derecho, que es en lo que consiste dicha posesión; de donde se desprende que para probarla, se requiera utilizar elementos idóneos para demostrar la existencia de esa serie de actos, sin los cuales no puede haber verdadera posesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2403/42. Tlapaltotoli Pedro y coagraviados. 29 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabino Fraga y Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.