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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2516
AYUNTAMIENTOS, DISOLUCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2516
No puede considerarse consentido el acto consistente en la expedición de un decreto por el que se declara disuelto en su totalidad un Ayuntamiento, para que en su lugar se nombre un consejo administrativo municipal, si los componentes de dicho Ayuntamiento, al formular su demanda de garantías contra esos actos manifiestan que en cumplimiento de ese decreto la fuerza federal procedió, el mismo día en que se expidió, a desalojarlos de sus puestos y a poner en posesión de sus cargos a los designados por el gobierno, pues no obstante que de manera expresa no señalaron como actos reclamados la ejecución del decreto, ello no quiere decir que se conformaron ni expresa ni tácitamente con ese acto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7801/41. Cerda José L. y coagraviados. 29 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Disidentes: Franco Carreño y Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.