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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2642
IMPUESTOS, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION POR EL COBRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2642
La Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, en su capítulo III, del título segundo, establece un derecho de oposición a favor de las personas contra las que se inicie el procedimiento de ejecución, recurso ordinario que debe agotarse previamente al juicio de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9397/41. Gabilondo Hilario. 30 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.