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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3915
SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3915
Si cumplimentando una sentencia de amparo, consistente en la entrega de una finca, se omite entregar parte de la misma, el camino legal para obtener el total y exacto cumplimiento de la ejecutoria, atento lo dispuesto por los artículos 104, 105 y demás relativos de la ley orgánica de los artículos 103 y 107 constitucionales, sobre que el cumplimiento de la sentencia de amparo incumbe a la autoridad responsable, es el recurso de queja a que se contrae la fracción IV, del artículo 95 de la misma ley.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 130/42. Bustamante Luis Felipe. 17 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Franco Carreño.