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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3889
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACION PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3889
Todas las manifestaciones deben ser calificadas, ya que el artículo 41 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la fracción II del artículo 123 del reglamento, prescriben que en el caso de que los causantes no comparezcan ante las Juntas Calificadoras, después de haber sido requeridas para ello, serán calificados con los datos que obren en poder de esas Juntas, y que la calificación se hará aun de oficio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1380/42. "La Sultana de Occidente", S. A. 17 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.