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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4163
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4163
Si un Juez de Distrito omite ocuparse en su sentencia relativa a un amparo, de una prueba pericial aportada por la parte quejosa, es claro que no puede tenerse como legalmente rendido en dicho juicio ese dictamen pericial, si no es ratificado ante la presencia judicial,y los Jueces de Distrito obran correctamente si dan valor probatorio pleno a los dictámenes de los peritos que son nombrados por el propio juzgado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8421/41. O. Justa de la. 19 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.