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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5265
EXPROPIACION (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5265
Como el artículo 2o., fracción III, de la Ley de Expropiación de Veracruz (decreto 323 de 22 de julio de 1930), señala como causa de utilidad pública, el fraccionamiento urbano y construcción en el mismo, de casas para obreros, es indudable que, de acuerdo con esta disposición, sólo se pueden expropiar terrenos no urbanizados, y los que se encuentran situados dentro del perímetro de las ciudades, pues precisamente el legislador pretendió autorizar la expropiación de aquellos terrenos colindantes con las poblaciones, para su debida urbanización y construcción en los mismos, de casas para obreros, pero no inmuebles ya urbanizados y que, por lo mismo, están incluidos dentro del plano de las ciudades y poblaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 730/42. García viuda de García Matilde y coagraviados. 15 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.