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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5403
PROPIEDAD, RESOLUCIONES SOBRE LA, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5403
No se trata en el juicio de garantías una cuestión sobre propiedad, cuando las autoridades federales sólo toman en cuenta las pruebas de la propiedad que presentan los quejosos, cuando estiman que se ha vulnerado ese derecho, el cual está garantizado por la Constitución, sin que obste la jurisprudencia de esta Suprema Corte, en el sentido de que en los juicios de amparo nada puede resolverse sobre cuestiones de propiedad, si antes no se han discutido éstas ante los Tribunales Comunes, porque dicha tesis debe entenderse en el sentido de que el reconocimiento de la propiedad en el juicio de amparo, solo procede para los efectos de la protección constitucional, sin que pueda pretenderse que la sentencia de amparo, decida, en juicio contradictorio, sobre la legitimidad de la propiedad para todos los efectos civiles.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8481/40. Compañía "Bush", S.A. 31 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.