Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/326333
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5640
CATASTRO, PLANIFICACION Y AVALUO DE PREDIOS POR EL (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5640
Del examen y estudio de la ley del catastro del Estado de Oaxaca, así como de su reglamento, se desprende que tratándose de la necesidad de que se efectúan trabajos de medición, planificación y avalúo de fincas, esos trabajos solamente pueden ser emprendidos por la dirección general del catastro, "subconditionem", de que los propietarios poseedores o en cargados de inmuebles rústicos o urbanos, no cumplan con la obligación de presentar manifestaciones de esos predios ante las Juntas calificadoras municipales, juntamente con los planos y documentos que faciliten su identificación, casos en que los repetidos trabajos, según la parte final del articulo 10 de la citada ley, serán por cuenta de los propietarios poseedores o encargados; y las referidas manifestaciones, según el artículo 3o., del reglamento citado, deben efectuarse en un término no mayor de seis meses, contados a partir de la publicación del mismo; y es claro que si la dirección general del catastro, no debiendo intervenir para realizar los trabajos de referencia, lo hace, viola con ello los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, ya que como se dijo, esos trabajos solamente deben efectuarse en los términos de los preceptos que se ha hecho mención.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3557/42. Sucesión de Gil de Ugalde Luz. 4 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.