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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326359
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6122
JURADO DE REVISION, SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE PROMOCIONES ANTE EL (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6122
No es exacto que el artículo 1o. de la Ley que se expidió para procurar el rápido despacho de los asuntos pendientes en el jurado de revisión y en la Junta central catastral, con fecha 30 de diciembre de 1939, condicione el sobreseimiento por falta de promoción en los asuntos pendientes, exclusivamente al hecho de que ya se hubiera interpuesto el recurso respectivo, pues el párrafo final demuestra que la promoción a que obliga, tiene por objeto la continuación del procedimiento, la que no puede tener lugar en tanto el mismo procedimiento no se inicie con el auto de admisión de que habla el artículo 24 de la Ley de Organización del Servicio de Justicia en materia fiscal, para el Departamento del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4957/42. "La Protectora", S. A.-10 de septiembre de 1942. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.