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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6600
INFORME JUSTIFICADO, NO PUEDEN CORREGIRSE EN EL, LAS VIOLACIONES CONSTITUCIONALES COMETIDAS CON EL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6600
Las autoridades responsables no están autorizadas, para corregir, en los informes con justificación, las violaciones constitucionales que cometan al dictar los actos reclamados, ya que de admitirse esas modificaciones, se privaría a la parte quejosa, de toda posible defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3830/42.- Caso y Bustamante, S. de R.L.- 21 de septiembre de 1942.- Unaniamidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.