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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6776
EJIDATARIOS, LOS PRESIDENTES MUNICIPALES NO ESTAN AUTORIZADOS PARA DAR LA POSESION DE TIERRAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6776
Debe concederse la protección constitucional que se solicite contra un presidente municipal, que da posesión de unos terrenos a los miembros de un comisario ejidal, por ser una autoridad que carece de facultades para intervenir en asuntos agrarios, sin haber sido expresamente comisionado para tal objeto, por las autoridades agrarias correspondientes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5919/39. López García Aurelio y coags. 22 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 288, tesis 143, de rubro "POSESION, PRUEBA DE LA. LA CONSTANCIA QUE AL EFECTO EXPIDE UN PRESIDENTE MUNICIPAL CARECE DE VALOR.".