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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326401
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6920
REMATES ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6920
Si el acto reclamado se hace consistir en la continuación del procedimiento económicocoactivo para el remate de un mueble, lo que de manera previa y fundamental debe acreditarse en el juicio, es la propiedad o posesión del quejoso sobre el mueble en cuestión, para que con ello se justifique la afectación de intereses jurídicos; porque de lo contrario, en el amparo concurrirá la causa de improcedencia señalada en la fracción VI del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5535/42. Muñoz Zamora Luis.- 23 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. Relator: Gabino Fraga.