Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/326417
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
326417
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6975

SENTENCIAS DE AMPARO, NO PUEDEN MODIFICARSE POR LOS JUECES DE DISTRITO.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6975

Precedentes

Queja en amparo administrativo 81/41. Administración Obrera de los Rastros del Distrito Federal.- 23 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.
Registro digital (IUS): 326417