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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326429
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7183
INFORME PREVIO, PRESUNCION DE VERACIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7183
El criterio de esta Suprema Corte, en el sentido de que las autoridades responsables deben acreditar sus aseveraciones con pruebas fehacientes, ha sido establecido respecto de los informes justificados, porque tratándose de los informes previos, se ha establecido que estos últimos gozan de la presunción de veracidad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2855/41. Braun Fernando. 24 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.