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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7437
INFORME JUSTIFICADO, NO PUEDEN PLANTEARSE EN EL, CUESTIONES DISTINTAS A LAS QUE SURJAN DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7437
No pueden plantearse en el informe justificado, ni en el escrito de expresión de agravios, cuestiones distintas a las que surjan del mismo acto reclamado, o diversas a las que han sido materia de la controversia en primera instancia, pues en ambos casos, se privaría a las partes de la posibilidad de defenderse. Por tanto, no sería posible legalmente tomar en cuenta, como fundamento de la resolución que se reclama, determinados preceptos, invocados en el informe, si no fueron citados en la resolución reclamada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5683/42. Sandoval Sandoval Timoteo. 28 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.