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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7576
REMATES FISCALES, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LOS (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7576
Si se reclama en amparo el remate de un predio rústico y la aprobación del acto previamente debe agotarse el recurso ordinario que establecen la fracción XIII del artículo 338, reformado y el artículo 465 de la Ley de Hacienda del Estado, pues de no agotarse ese medio de defensa, el juicio de garantías debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5628/42. Vega de Aranda María del Carmen.- 30 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.