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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 204
LADRILLOS, EXPLOTACION DE LOS HORNOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 204
Si se desconocen los razonamientos y fundamentos que se tengan para ordenar que se impida a los propietarios la explotación de los hornos de ladrillo, en virtud de que la autoridad respectiva no rindió informe justificado, es claro que la orden relativa viola el artículo 4o. constitucional, puesto que entraña una restricción injustificada a la libertad de industria y trabajo, sin que sea jurídico invocar como razón para negar el amparo, la circunstancia de que dichos propietarios carezcan de licencia, ya que no es debido que el Juez Federal supla oficiosamente los fundamentos que deba tener el acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 866/42. Muñoz Gabriel y coagraviados. 8 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga.