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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 215
INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 215
Los Jueces de Distrito deben tomar en cuenta los informes justificados que se rindan con anterioridad a la audiencia, una vez que las partes interesadas están en aptitud de presentar sus pruebas que traten de demostrar algún hecho que les sea favorable, estando también en posibilidad de contrarrestar el informe, esto es, las partes no quedan sin defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5660/41. Cooperativa de Trabajadores Unidos de México, del Ramo de Artisela, S. C. L. 8 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos.Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga.