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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 243
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUADALAJARA, REGISTRO DE LOS TITULOS DE ABOGADOS EXPEDIDOS POR LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 243
La Universidad Autónoma de México tiene facultades para expedir títulos y una vez expedidos, se colige que la facultad que los expidió se cercioró de que se habían hecho los estudios correspondientes a la profesión, que los titulados fueron aprobados en las diversas materias, en las pruebas a que se sujetan los sustentantes de examen, y por último que el que ostenta el título había presentado su prueba recepcional, y por tanto, el simple hecho de la posesión de un título, cuando éste no es falso y existe la identidad sobre la persona, da derecho a que sea registrado. Ahora bien, como la Universidad Autónoma de Guadalajara, está incorporada a la Universidad Nacional de México, esto es, "agregada", si se niega el registro de los títulos que expida, es indudable que con ello se violan garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8502/41. Villa Soto Oscar Enrique. 8 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga.