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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326573
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1165
HERENCIAS Y LEGADOS, OPOSICION EN TIEMPO CONTRA UNA LIQUIDACION EN MATERIA DE (LEGISLACION DE ZACATECAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1165
El hecho de que se haya acreditado el monto de determinados gastos mortuorios, hasta el escrito de oposición de una liquidación, no es, en manera alguna, ilegal, ni puede ser causa de que se deseche como concepto de deducción del capital gravable, porque la Ley de Impuestos sobre Herencias y Legados del Estado de Zacatecas, en su artículo 32, párrafo segundo, establece que los que no estén conformes con la liquidación podrán formular todas las objeciones que tuvieren y presentar todas las pruebas a su derecho convengan, de manera que la liquidación así formulada, no tiene un valor absoluto e inmutable, sino que puede variar en atención a las objeciones que se hagan y a las pruebas que se presenten.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7163/41. Ramírez viuda de Del Cojo Cristina. 15 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga.