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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1777
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PERCEPCIONES ASIMILABLES A EMOLUMENTOS, PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1777
El criterio de que el contenido del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, comprende solamente a quienes perciban ingresos, gracias a su actividad personal, sea material o intelectual, es una interpretación errónea, porque por su naturaleza misma, el trabajo es obra de la persona física y cuando una persona moral presta servicios técnicos, lo que hace es organizar a un determinado grupo de hombres, ordinariamente expertos a ciertos menesteres, para que ellos realicen cierto trabajo personal, en favor de otras determinadas personas, de donde se concluye que no se estableció relación jurídica alguna entre el técnico y quien utilizó sus servicios, sino entre éste y la organización y entre este último y el trabajador; y además, dicha interpretación viola el principio de derecho que previene que donde el legislador no ha querido distinguir, nadie debe hacerlo, y por otra parte, existe confusión al afirmar que una persona moral no puede prestar un servicio como el de supervisión, porque no está capacitada físicamente para el desempeño de determinados servicios y menos si se le concibe como un todo invisible; pero debe tenerse en cuenta que por medio de sus diversos órganos entre otros, los miembros de su consejo de administración, directores, administradores, funcionarios, empleados y trabajadores, etc., es manifiestamente indubitable que la realización de la supervisión se cumple como cualquiera otra clase de funciones, que a diario están desempeñando infinidad de personas morales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9664/41. Atlas de México, S. A. 21 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.