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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1889
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1889
Es improcedente decretarlo, por la causa que se aduzca, consistente en que no se afectan los intereses jurídicos del quejoso, si existe un acto de la autoridad, que puede traducirse en perjuicios materiales para el propio quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8700/41. Ramón Arnulfo. 22 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.