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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1968
PLANTACIONES FORESTALES EN TERRENOS PARTICULARES, ILEGALIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 1968
Si las autoridades responsables no siguieron procedimiento alguno y se limitaron a realizar una plantación forestal en terreno del quejoso, sin su conocimiento ni consentimiento y sin haberlo expropiado previamente, con ello violan los artículos 14 y 16 y 27 constitucionales, por cuanto impiden la libre disposición y disfrute de sus bienes, a dicho quejoso, sin oírlo en defensa, sin que esté justificada la causa legal del procedimiento y sin que se haya decretado previamente la expropiación del caso.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 844/40. Gallardo de Ortiz Eduwigis, sucesión de. 22 de abril 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.