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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2097
MULTAS POR FALTA DE GUIAS SANITARIAS, INEXISTENCIA DEL RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2097
Si se impone multa al que movilice animales bovinos sin la correspondiente guía sanitaria y sin el certificado de tuberculización, no es de tomarse en cuenta para la interposición del amparo relativo, que el afectado ocurra ante la Secretaria de Agricultura, solicitando la reconsideración de tal acto, porque esa gestión no constituye el ejercicio de algún recurso legal, estatuido al respecto y es claro que no puede interrumpir el plazo que señala el artículo 21 de la Ley de Amparo para ocurrir al juicio constitucional. En tales condiciones, los Jueces de Distrito no tienen necesidad de estudiar el fondo de la cuestión, ni la constitucionalidad de los actos de ejecución, ya que dictado el sobreseimiento porque el acto está consentido, no es dable estudiar las cuestiones de fondo; además, los actos de ejecución siguen las misma suerte jurídica de los que la ordenan.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 580/42. Compañía Ganadera de Atotonilco, S. C. 23 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.