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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2581
HERENCIAS Y LEGADOS, IMPUESTO SOBRE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2581
El artículo 5o. transitorio, de la Ley de Justicia Fiscal, no deroga al artículo 41 de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados, ya que la simple lectura de aquel precepto, convence de que la derogación se refiere a normas de la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación y del Código Federal de Procedimientos Civiles, que regulan el juicio sumario de oposición en materia fiscal, ante los tribunales federales, comprendiéndose también en dicha derogación, todas las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la invocada Ley de Justicia Fiscal, e indudablemente el citado artículo 41 no se opone al régimen del artículo 14 de la misma Ley de Justicia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1128/40. Flores morales Mariano, suc. de. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.