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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2868
INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 2868
El artículo 49 de la Ley de Amparo impone a las autoridades responsables no solamente la obligación de rendir el informe justificado, sino también el de acompañar las constancias que lo justifiquen, y para el legislador es de tal manera importante y necesaria la obligación que les impone, de adjuntar a su informe, las pruebas con que justifiquen sus actos, que sanciona su omisión con multa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1530/42. Guzmán J. Cruz. 30 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Franco Carreño.