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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3069
PESAS Y MEDIDAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3069
Es improcedente decretar el sobreseimiento en el amparo pedido contra la multa impuesta por una oficina de pesas y medidas, alegando que, conforme al artículo 61 de la ley relativa, el quejoso puede obtener la suspensión del acto ante las mismas autoridades que lo dictaron, porque dicho artículo no establece esa suspensión; por otra parte, si la autoridad responsable no prueba que los aparatos de pesas y medidas se emplean en los fines de que trata la fracción IV, inciso C., del artículo 14 del Reglamento de la ley, la aplicación de la multa no se ajusta a los términos legales, debiendo concederse, por lo mismo, la protección federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1767/42. Cervecería Cuauhtémoc, S. A. 4 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.