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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326726
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3090
SUPERPROVECHO, INAPLICABILIDAD DE LA LEY DEL IMPUESTO DE LA RENTA SOBRE EL, EN LOS BALANCES VERIFICADOS SOBRE OPERACIONES EFECTUADAS CON ANTERIORIDAD A SU VIGENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3090
La aplicación de la Ley del Impuesto de la Renta sobre el Superprovecho, a los causantes que efectuaron operaciones comerciales durante el año de 1939, a pesar de que sus balances los hayan practicado hasta el final de dicho año, es retroactiva, porque con ello se violan derechos adquiridos con anterioridad a la vigencia de aquel ordenamiento, ya que afecta situaciones nacidas y operaciones efectuadas en un periodo de tiempo, en el cual todavía no tenía existencia legal, debiendo agregarse que los impuestos o gravámenes fiscales, sólo pueden reportarse por dichos causantes, cuando en el momento de las operaciones que los originan, esté en vigor la ley respectiva.
Precedentes
Tomo LXXII, página 7636. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4428/40. Distribuidora de Fábricas, S. A. y coagraviados. 6 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXII, página 3090. Amparo administrativo en revisión 8923/41. Cerda Trujillo Florentino M. 4 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.