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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3104
CADUCIDAD TRATANDOSE DE ACTOS ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3104
Cuando se trata de la caducidad, el poder público obra en forma semejante a cuanto otorga una concesión, y si ésta proviene de un acto administrativo, tiene que examinar si el concesionario llena determinados requisitos de hecho y de derecho exigidos para que pudiera otorgarse la concesión, y de la misma manera, el poder público puede calificar las situaciones de hecho y de derecho que se presenten con motivo de la caducidad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8507/41. Herrera Margarito. 4 de mayo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.