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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326742
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3195
GANADO CON PARASITOS, MULTAS A LOS ADQUIRENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3195
Habiéndose contratado el envío de cierto número de ganado vacuno, que resulta infestado de garrapatas, si se impone multa al interesado, al ocurrir éste en amparo, en contra de tal acto, es indebido dictar sobreseimiento, con fundamento en el artículo 160 del Código Fiscal, creyéndose que contra esa multa, debe promoverse un juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, previamente al ejercicio de la acción constitucional, porque la repetida multa no es de las que se imponen por infracciones a disposiciones de carácter fiscal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 412/42. García Roberto. 6 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino en la votación del asunto por el motivo que consta en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.