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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3236
VISCERAS, CANCELACION DE LA AUTORIZACION PARA ADQUIRIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3236
Si la Secretaría de la Economía Nacional cancela la autorización otorgada a una cooperativa, para operar en determinado rastro, con el comercio de vísceras y sus similares, y dicha cooperativa alega que no se le oyó en defensa, es claro que al no habérsele oído, se viola el artículo 14 constitucional, ya que no es posible, sin oír a la parte afectada, determinar cuál pudo haber sido su defensa, pues no sería correcto tomar en consideración el razonamiento de que sería inútil oír previamente a dicha cooperativa, antes de dictar la resolución correspondiente, pues esa resolución depende de causas que no pueden desaparecer, aunque lo quiera la misma cooperativa, y no constituyen infracciones o deficiencias a la ley que puedan subsanarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3281/39. Sociedad Cooperativa "Comerciantes en Vísceras y sus Similares", S. C. L. 6 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett B. no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.