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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3651
AUTORIDADES INCOMPETENTES, AMPARO CONTRA ACTOS NEGATIVOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 3651
Cuando se reclama en el amparo la resolución de una autoridad, por la cual niega al quejoso la petición que éste le hizo, después de haber tramitado dicha petición, y resulta que esa autoridad carecía de facultades para acceder a lo pedido, debe sobreseerse en el juicio de garantías, sin entrar al fondo de la cuestión propuesta, porque en caso contrario, se reconocería la posibilidad de otorgar la protección de la Justicia Federal, para obligar a una autoridad incompetente a conocer lo que está fuera de sus facultades. El criterio anterior, que lleva a concluir la procedencia del sobreseimiento, por incompetencia absoluta de la autoridad responsable, es aplicable sólo en el caso de que el acto reclamado constituya una negativa, pero no puede regir cuando autoridades incompetentes dictan un acuerdo u ordenan un auto que tiene efectos positivos en las personas o en su patrimonio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1611/42. Losa de Peniche Helvia. 8 de mayo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. La publicación no menciona el nombre del ponente.